El Ministerio para la Transición Ecológica del Gobierno de España ha convocado las subvenciones para proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono, en el marco del programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.

 

Entre otras medidas, las subvenciones dan apoyo a proyectos para impulsar la transición energética, o la realización de planes de movilidad urbana sostenible.

Subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.

 

ORGANISMO

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA

 

GOBIERNO DE ESPAÑA

OBJETO

La regulación del procedimiento para la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares que faciliten el paso a una economía baja en carbono en el ámbito de las entidades locales españolas, con cargo a los fondos FEDER incluidos en el Eje 4 de Economía Baja en Carbono del Programa Operativo FEDER Plurirregional de España (POPE) para el periodo 2014-2020.
 

ENTIDADES BENEFICIARIAS

a) Los ayuntamientos de municipios, de acuerdo a la regulación de la Ley 7/1985, de 2 de abril (…).

b) Las Diputaciones Provinciales (…).

c) Los Cabildos o Consejos insulares (…).

d) Las Comarcas u otras entidades que agrupen varios municipios, instituidas por las comunidades autónomas de conformidad con la Ley 7/1985, de 2 de abril, (…).

e) Las Mancomunidades de Municipios siempre que actúen bien en representación de una agrupación formada por municipios, o bien en su caso, realicen las inversiones y promuevan las actuaciones acogidas a la línea de ayudas en dichos municipios.

f) Las Áreas Metropolitanas, conforme a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril (…).

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Medida 1. Rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios y dependencias existentes

Medida 2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios y dependencias existentes

Medida 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios y dependencias existentes

Medida 4. Mejora de la eficiencia energética en instalaciones eléctricas de edificios y dependencias existentes

Medida 5. Mejora de la eficiencia energética mediante la utilización de tic en las ciudades (smart cities)

Medida 6. Renovación de las instalaciones de alumbrado, iluminación y señalización exterior

Medida 7. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de potabilización, depuración de aguas residuales y desalación

Medida 8. Implantación de planes de movilidad urbana sostenible

Medida 9. Instalaciones solares térmicas destinadas a aplicaciones de calor y frío

Medida 10. Instalaciones de aprovechamiento de la energía geotérmica para aplicaciones térmicas

Medida 11. Instalaciones para uso térmico de la biomasa

Medida 12. Redes de distribución de fluidos térmicos, instalaciones de producción de frio, equipos de depuración de gases, siempre y cuando estén asociados al uso térmico de biomasa, de biogás o de CDR/CSR (acciones complementarias a instalaciones existentes

Medida 13. Instalación para la trasformación y/o uso térmico o autoconsumo del biogás

Medida 14. Instalaciones para el uso térmico de CDR y CSR

Medida 15. Instalaciones solares fotovoltaicas destinadas a generación eléctrica para autoconsumo (conectadas a red y aisladas)

Medida 16. Instalaciones eólicas de pequeña potencia dirigidas al autoconsumo de energía eléctrica (conectadas a red y aisladas)

Medida 17. Instalaciones de aprovechamiento de la energía aerotérmica o hidrotérmica mediante bombas de calor

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

La asignación de las subvenciones previstas en el presente real decreto a las actuaciones o proyectos singulares que resulten seleccionados se realizará por orden de prelación correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, en el ámbito de cada comunidad autónoma o Ciudades de Ceuta y Melilla, y todo ello hasta agotar el presupuesto disponible.