El Departamento de Movilidad y Ordenación del Territorio de la Diputación Foral de Gipuzkoa ha abierto la Convocatoria 2019 de subvenciones para financiar los gastos derivados de la revisión o adaptación de instrumentos urbanísticos de planeamiento general municipal.

 

Destinatario: municipios de menos de 10.000 habitantes

Plazo: 30 de abril de 2019

 

Convocatoria de 2019 para el otorgamiento de subvenciones a municipios de menos de 10.000 habitantes del Territorio Histórico de Gipuzkoa, destinadas a financiar los gastos derivados de la revisión y adaptación de instrumentos urbanísticos de planeamiento general municipal a la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, así como programas de intervención para la regeneración de zonas degradadas del término municipal.

 

ORGANISMO

DEPARTAMENTO DE MOVILDIAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

 

DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA

 

OBJETO

Las presentes bases regulan la concesión de subvenciones a los municipios de menos de 10.000 habitantes del Territorio Histórico de Gipuzkoa, destinadas a financiar los gastos derivados de la revisión o adaptación de instrumentos urbanísticos de planeamiento general municipal a la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, así como de la elaboración de programas de intervención para la regeneración de zonas degradadas del término municipal.
 

ENTIDADES BENEFICIARIAS

Solo podrán solicitar estas subvenciones los municipios menores de 10.000 habitantes del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Serán objeto de subvención los gastos derivados de la redacción de los siguientes documentos:

 

a) Revisión o adaptación de los Instrumentos urbanísticos de planeamiento general municipal.

– serán subvencionables todos los gastos realizados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre del ejercicio correspondiente a la convocatoria referidos a la formulación y tramitación de los documentos señalados, así como los correspondientes a los textos de refundición que en su caso hubieran sido precisos. Concretamente, se incluyen los trabajos de consultoría y asistencia técnica contratados para la elaboración de los documentos, así como otros gastos de formulación y tramitación de los mismos.

 

B) Programas de intervención para la regeneración de zonas degradadas del término municipal.

– de la presente base, el importe de los gastos realizados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre del ejercicio correspondiente a la convocatoria referidos a la formulación y elaboración de programas de intervención para la regeneración de zonas degradadas del término municipal.

 

Los municipios solicitantes podrán solicitar subvención para ambos conceptos a la vez.

 

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa y finalizará el día 30 de abril de 2019.