El Departamento de Movilidad y Ordenación del Territorio de la Diputación Foral de Gipuzkoa ha abierto la Convocatoria 2019 de subvenciones para financiar los gastos derivados de la revisión o adaptación de instrumentos urbanísticos de planeamiento general municipal.
Destinatario: municipios de menos de 10.000 habitantes
Plazo: 30 de abril de 2019
Convocatoria de 2019 para el otorgamiento de subvenciones a municipios de menos de 10.000 habitantes del Territorio Histórico de Gipuzkoa, destinadas a financiar los gastos derivados de la revisión y adaptación de instrumentos urbanísticos de planeamiento general municipal a la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, así como programas de intervención para la regeneración de zonas degradadas del término municipal. |
ORGANISMO |
DEPARTAMENTO DE MOVILDIAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA |
OBJETO |
Las presentes bases regulan la concesión de subvenciones a los municipios de menos de 10.000 habitantes del Territorio Histórico de Gipuzkoa, destinadas a financiar los gastos derivados de la revisión o adaptación de instrumentos urbanísticos de planeamiento general municipal a la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, así como de la elaboración de programas de intervención para la regeneración de zonas degradadas del término municipal. |
ENTIDADES BENEFICIARIAS |
Solo podrán solicitar estas subvenciones los municipios menores de 10.000 habitantes del Territorio Histórico de Gipuzkoa. |
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES |
Serán objeto de subvención los gastos derivados de la redacción de los siguientes documentos:
a) Revisión o adaptación de los Instrumentos urbanísticos de planeamiento general municipal. – serán subvencionables todos los gastos realizados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre del ejercicio correspondiente a la convocatoria referidos a la formulación y tramitación de los documentos señalados, así como los correspondientes a los textos de refundición que en su caso hubieran sido precisos. Concretamente, se incluyen los trabajos de consultoría y asistencia técnica contratados para la elaboración de los documentos, así como otros gastos de formulación y tramitación de los mismos.
B) Programas de intervención para la regeneración de zonas degradadas del término municipal. – de la presente base, el importe de los gastos realizados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre del ejercicio correspondiente a la convocatoria referidos a la formulación y elaboración de programas de intervención para la regeneración de zonas degradadas del término municipal.
Los municipios solicitantes podrán solicitar subvención para ambos conceptos a la vez. |
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN |
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa y finalizará el día 30 de abril de 2019. |