Con no pocas dificultades, e in extremis, se ha aprobado la nueva ley de restauración de la naturaleza de la Unión Europea, un reglamento que cambia el paradigma de la protección ambiental en todo el continente.

De algún modo, esta nueva regulación reconoce la insuficiencia de las políticas de conservación vigentes y apuesta por fortalecerlas a través de una política activa de restauración.

Hace 30 años se creó la Red Natura 2000, ampliando la política de conservación más allá de las grandes reservas naturales silvestres, concentradas en puntos geográficos específicos. De esta manera, se conformó una red, no necesariamente conectada, de espacios naturales más pequeños, pero con un valor ambiental significativo. Desde entonces, los países han estado declarando zonas de especial interés para la conservación, aunque estas áreas no siempre han contado con planes efectivos de mejora de los ecosistemas, e incluso, en ocasiones, han carecido de planes de conservación adecuados.

A pesar de estos esfuerzos, la Red Natura 2000 y los parques naturales o nacionales no han logrado expandirse significativamente más allá de zonas menos accesibles, como montañas, humedales o áreas litorales. Esto ha limitado la protección de una mayor variedad de ecosistemas.

El reglamento va más allá de la protección tradicional, reconociendo que la naturaleza en buen estado de conservación debe estar presente en más áreas del territorio, no solo en zonas menos antrópicas. Permite la restauración de ecosistemas históricamente degradados, como bosques de valle o ribera.

La reciente ley ha sido criticada por al lobby de la agroindustria , que teme que las nuevas medidas puedan afectar sus intereses. Sin embargo, en un continente que lidera las exportaciones de alimentos y enfrenta un elevado desperdicio alimentario, la preocupación por la seguridad alimentaria no ha sido un argumento lo suficientemente fuerte como para frenar la ley. Además, la normativa está diseñada para beneficiar a los sistemas agroalimentarios a medio y largo plazo, alineándose con las recomendaciones del sexto informe de evaluación del IPCC.

Las principales exigencias obligan a los países miembros reparar el 20% de los ecosistemas terrestres degradados y el 20% del entorno marino para el año 2030. Se extiende la meta a todos los ecosistemas que requieran intervención para 2050. También se incluyen objetivos específicos como revertir la disminución de los polinizadores para 2030, mantener los espacios verdes urbanos hasta 2030 y aumentarlos en un 5% para 2050, eliminar barreras fluviales para que al menos 25.000 km de ríos europeos sean de caudal libre en 2030, y reducir a la mitad el uso de plaguicidas químicos para 2030, prohibiéndolos en áreas sensibles como zonas verdes urbanas y espacios naturales de especial interés para los polinizadores.

El reglamento también busca la renaturalización de las ciudades, fomentando mediante infraestructura verde y las soluciones basadas en la naturaleza el aumento de estas superficies, así como del arbolado urbano. Un paso al frente que podría ser más ambicioso y contar con mayores mecanismos de fiscalización que aseguren su éxito y cumplimiento.

Cada gobierno estatal decidirá las medidas específicas que aplicarán en su territorio, las cuales deberán recogerse en su plan nacional de recuperación. Este plan debe identificar las necesidades y acciones de restauración necesarias para cumplir con las obligaciones y alcanzar los objetivos establecidos.

El cambio de paradigma que representa esta ley es significativo. La efectividad de estas medidas dependerá del compromiso y la acción decidida de todos los países miembros, así como de la colaboración entre gobiernos, comunidades y sectores industriales.


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